La viviendas ofertadas en situación de inmueble tapiado, se trata de viviendas que tienen el acceso bloqueado. Este bloqueo puede ser debido a antiguos ocupas o que la propia entidad financiera haya llevado a cabo el proceso de tapiado por miedo a una ocupación del inmueble.
Al estar tapiado, no es posible ni el acceso, ni ver el estado de conservación del inmueble. Por ello, la entidad no está obligada a dar acceso al interesado comprador, ni tampoco a indemnizar por los defectos de la vivienda, puesto que se desconoce el estado de conservación del inmueble.
El comprador asume bajo su responsabilidad y coste, la demolición del tapiado y demás obras necesarias para poder entrar en la vivienda. El vendedor no asume ninguna obligación de verificación de dichas circunstancias ni responde ni de los vicios o defectos ocultos ni del estado de conservación del inmueble, que se transmitirá como cuerpo cierto.
Es por ello, por lo que un inmueble tapiado se consiguen a un precio muy inferior al que se podría en venta si la vivienda no estuviera tapiada, para luego poder ser invertido en su recuperación.