Para que una propiedad sea considerada una vivienda, es decir, un lugar que reúne las condiciones mínimas necesarias para ser habitable, tiene que cumplir una serie de requisitos que varían en algunos detalles según la normativa de cada comunidad autónoma. En general se exige:
- Una superficie útil mínima para cada estancia.
- El equipamiento imprescindible: agua, electricidad, cocina, sanitarios…
Según el propio Ministerio de Fomento, la cédula de habitabilidad es el documento oficial que certifica que se cumplen estos requisitos, autentifica la completa legalidad de la vivienda y que debe ser tramitado por un arquitecto o aparejador.
¿Cuándo hay que presentarla?
Las administraciones exigen presentar la cédula de habitabilidad en vigor para cualquier operación que se realice con la vivienda: en una venta, en un alquiler o para solicitar el suministro de agua, luz o gas.
En el caso de que haya caducado y se deba solicitar una nueva, el trámite y el coste (depende del municipio, pero suele estar entre los 60 y los 140 euros) correrán a cargo del propietario.
¿Hay diferentes tipos de cédula?
Sí, en función de la antigüedad del edificio:
- De primera ocupación: para viviendas de nueva construcción. Deben contar con la Licencia de Primera Ocupación que otorga el ayuntamiento al promotor de la obra. Esta licencia hace las veces de cédula de habitabilidad.
- De primera ocupación de rehabilitación: para viviendas rehabilitadas. Que han pasado por un profundo proceso de reforma (vaciados, ampliaciones, redistribución de espacios…).
- De segunda ocupación: para viviendas que ya han sido habitadas.
¿Cuál es su vigencia?
Depende de cada comunidad autónoma. Suele ser de 15 años para las viviendas de rehabilitación o de segunda ocupación, aunque también puede variar en función de la fecha en que fue expedida:
- Las que se otorgaron antes de 2004 tienen una vigencia de 10 años.
- Las que se otorgaron entre 2004 y 2012 son válidas durante 15 años.
- Las de primera ocupación otorgadas a partir de 2013 se prolongan hasta los 25 años.
¿Cómo se tramita?
En el caso de que la cédula haya caducado y se deba tramitar una nueva, el técnico elegido (arquitecto o aparejador) debe realizar una inspección visual de la vivienda y verificar que cumple con los requisitos.
El certificado que emita tiene que ser visado por el Colegio de Arquitectos y presentado en la administración correspondiente (en el ayuntamiento o en la comunidad), que será la que conceda la cédula de habitabilidad, un proceso que puede tardar entre uno y tres meses. Generalmente se permite presentar el certificado del técnico y la instancia sellada de la solicitud de la cédula para poder realizar la venta o el alquiler de la vivienda.