Deducciones en familias numerosas

Equipo de Redaccion

Aumentar la familia siempre es una buena noticia y si además con la llegada del nuevo bebé la familia se convierte en numerosa, entonces la buena nueva es doble.  El motivo es que dichas unidades familiares puede beneficiarse de bonificaciones muy interesantes a la hora de adquirir una vivienda de segunda mano.

La llegada del tercer hijo 

Se considera familia numerosa a la formada por al menos 3 hijos. En España, hoy en día hay más de 600.000 familias con el título de numerosa, lo que representa el 8% del total nacional, ocupando el antepenúltimo puesto en la tabla europea. Solo Italia empata con España y le siguen por detrás Portugal y Bulgaria.

El problema es que en muchos casos, encontrar una vivienda para familias numerosas no es tarea fácil, ya que normalmente se necesita más espacio y una casa de mayores dimensiones también supone, mayor precio. Sin embargo, todo el que se encuentre en esta situación debe saber que existen descuentos tributarios como es el caso del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que le permitirá afrontar la adquisición del piso con algo más de holgura.

Qué es el ITP y cómo aplica  

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales afecta solo a la compra de viviendas de segunda mano y siempre que se produzca la transacción entre particulares. No aplica a las de obra nueva ni tampoco a las transacciones de empresa a particular. A la hora de afrontar este impuesto, es el comprador quien debe hacerse cargo de él y suele tener un plazo de 30 días hábiles para abonarlo desde que se firma la compraventa, aunque conviene cotejar los plazos y condiciones de cada comunidad autónoma porque varían. El lugar donde deberá pagar el ITP es en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al lugar donde esté situada la propiedad.

El proceso es el siguiente: es el Estado el que establece un marco general para todo el territorio nacional, pero la competencia real de este impuesto la marca cada gobierno regional. Y por eso, existen diferencias importantes entre unas comunidades y otras. En Cataluña, el ITP oscila entre el 10% y 11%, según el valor de la vivienda. Extremadura y Baleares le siguen muy de cerca con un impuesto que se encuentra entre el 8% y el 11%, seguido de Andalucía con el 8% de ITP por una base de 400.000 euros y del 9% cuando la base es superior.

Todos los gastos que hay que tener en cuenta

A la hora de comprar un piso es importante tener claro todos los gastos adicionales a los que habrá que hacer frente, ya que aunque el principal suele ser la hipoteca no es el único. Para ello, es muy útil hacer una simulación y los expertos recomiendan tener ahorrado entre el 10% y 15% del total para poder cubrir sin problemas el desembolso.

Para calcular el ITP, por ejemplo supongamos que el inmueble está ubicado en la Comunidad de Madrid y su precio es de 450.000 euros. Aquí, el ITP sería del 6%, lo que significa que habría que pagar 27.000 euros. El escenario cambia cuando se trata de una familia numerosa, ya que el ITP bajaría al 4% y abonarían 18.000 euros.

Sin embargo, también hay que tener en cuenta que el precio del metro cuadrado de las viviendas varía considerablemente según su ubicación y aunque el impuesto es más alto en Andalucía y Cataluña, no hay que desdeñar que el valor del metro cuadrado en Madrid es considerablemente más alto.

Otros gastos a los que hay que hacer frente cuando se adquiere un piso son los derivados de la Notaría, que depende del precio del inmueble. Por un piso que cueste 450.000 euros, habrá que abonar unos 2.500 euros. También hay que inscribir las escrituras en el Registro de la Propiedad, un coste que suele rondar los 650 euros. Y por último, los honorarios de la Gestoría, que suelen cobrar unos 300 euros por las gestiones realizadas.

El Impuesto de Actos Jurídicos es un tributo que se genera por firmar en el notario e inscribir la propiedad en el registro y aunque depende de cada comunidad autónoma, su importe oscila entre el 0,5% y el 1,5%. Sin embargo, el octubre pasado El Tribunal Supremo se pronunció al respecto haciendo responsable a la banca de abonar este impuesto y por tanto, desde entonces, es un ahorro importante del que se beneficia el comprador.

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