Los paneles solares serán obligatorios en California: ¿Y en España?

Equipo de Redaccion

En abril, la Comisión de Energía de California (EE.UU.) aprobó una medida que obligará a todas las casas y edificios de baja altura que se construyan a partir de 2020 a contar con paneles solares para autoabastecerse de electricidad.

La iniciativa forma parte de una política de sostenibilidad y reducción de emisiones que ha llevado a que el 16% de toda la energía que se consume en ese estado proceda de fuentes renovables, el mayor porcentaje de todo Estados Unidos.

Además, se espera que esta iniciativa genere una expansión del sector. De hecho, ya se están abriendo nuevas plantas de construcción de paneles solares y se han disparado las peticiones que recibe la división de tejas solares de la compañía Tesla, la misma que lidera la fabricación de vehículos eléctricos.

¿Los paneles solares son rentables?

El único inconveniente, aunque importante, de instalar sistemas de autoabastecimiento es el aumento de los costes de construcción. Según los cálculos de la propia comisión, la instalación de los paneles incrementará el precio de una casa unifamiliar una media de 10.000 dólares (unos 8.500 euros). Sin embargo, el ahorro anual en la factura energética doméstica llegaría casi a los mil dólares (unos 850 euros). En 10 años se amortizaría la inversión.

Andrew McAllister, miembro de la Comisión de Energía de California, aseguraba al diario The New York Times que con el tiempo la medida beneficiará a todos los ciudadanos: «Hemos dado un gran paso en las reformas que iniciamos hace más de una década con el objetivo de reducir la emisión de gases de efecto invernadero. Cualquier cantidad adicional en la hipoteca de los propietarios de casas estará más que compensada”.

España y su legislación sobre los paneles solares

La nueva normativa californiana contrasta con las dificultades a las que se enfrentan los propietarios españoles que desean contar con paneles solares en su vivienda.

Un Real Decreto de 2015 establece las condiciones que tienen que cumplir las instalaciones residenciales, es decir, las que generan un máximo de 100 kW. Para entender esta reglamentación antes hay que distinguir entre dos tipos de autoconsumo:

  • Autoconsumo aislado. Se refiere a las viviendas que no están conectadas a las red eléctrica general y que solo se abastecen de la que generan sus paneles solares. Para estos propietarios no hay ningún tipo de limitación o carga, aunque se enfrentan al problema de obtener electricidad por la noche o en días nublados. Deberían contar con acumuladores que, por ahora, incrementan mucho la factura de la instalación.
  • Autoconsumo en red. La vivienda cuenta con sus paneles fotovoltaicos y, a la vez, consume electricidad de la red general cuando la instalación no genera la necesaria.

La normativa establecida en el Real Decreto afecta solo al autoconsumo en red. Es lo que se ha llamado el ‘impuesto al sol’: se paga por la energía generada por los paneles solares cuando la instalación supera los 10 kW de potencia.

Eso quiere decir que quedan excluidas la mayoría de las casas unifamiliares, que no suelen necesitar más de 5 kW (20 paneles solares). En estos casos, los solución fotovoltaica resulta rentable. No así, en cambio, en los edificios residenciales, que tendrían que hacer frente a ese impuesto, lo que sumado al coste de la instalación hace que la energía solar no les resulte rentable.

Además, todos los propietarios con instalaciones de un potencia inferior a los 100 kW deben asumir otro pago fijo mensual, el peaje de respaldo, en función del número de paneles con que cuenten.

El nuevo Gobierno de Pedro Sánchez tiene previsto cambiar la ley para liberalizar el sector, pero hasta entonces el sol seguirá siendo caro en España.

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