Cuáles son las funciones del conserje y cuánto cuesta contratarle

Raúl Alonso

¿En qué se diferencia un conserje de un portero?, ¿es su responsabilidad eliminar el grafiti que alguien dejó en el garaje?, ¿cuánto cuesta contratarle?… La elección de los empleados de finca es una de las decisiones más comprometidas por las que pasa la comunidad de vecinos y, la información y el cumplimiento de la legislación, la mejor vía de mantener una buena relación y conocer las funciones del conserje.

Categorías de empleados de fincas urbanas

Empecemos por aclarar la primera de las dudas planteadas. La figura del portero y del conserje son prácticamente idénticas si se exceptúa que el portero habita en una vivienda propiedad de la empresa o comunidad en la que presta sus servicios y el conserje no.

Pero no es el único empleado que una comunidad de vecinos puede contratar. Según el Convenio Laboral de Empleados de Fincas Urbanas para la Comunidad de Madrid, que va a servir de ejemplo en este artículo para mostrar una realidad que varía en función de cada comunidad autónoma, se diferencian otras cuatro categorías profesionales.

Así, además de porteros y conserjes, una comunidad de vecinos puede contratar limpiadores, jardineros, vigilantes de garaje y controladores. Este último profesional solo realiza labores de vigilancia y control en la propia finca.

¿Cuánto cuesta contratar un conserje?

Antes de dar respuesta conviene señalar que la irrupción de grandes empresas de multiservicio ha cambiado la realidad del sector del empleado de fincas, ofreciendo a las comunidades de vecinos la intermediación en una amplia gama de servicios, entre ellos los de conserjería. Sin embargo, aún muchos de los 22.000 empleados de fincas que se estima trabajan en Madrid, y los miles más que lo hacen en el resto de España, han sido contratados de forma directa.

Según el convenio 2002-2003, aún vigente para Madrid, el salario base inicial mensual de los empleados de fincas urbanas a tiempo completo (40 horas a la semana) es de 620,43 euros/mes, sí por debajo del salario mínimo interprofesional fijado para este año en 735,9 euros. Lo explica el portavoz de Sefucom (Sindicato y Asociación de Empleados de Fincas Urbanas de la Comunidad de Madrid) aclarando que “lo habitual es que a esta cantidad se añadan complementos, en cualquier caso es muy difícil que en Madrid un conserje cobre más de 1.000 euros al mes, siendo lo más habitual entre los 800 y 900 euros. Cantidad que puede verse reducida si en la contratación interviene una empresa de multiservicios”.

Complementos salariales del conserje

Según este mismo convenio, en el artículo 45 se recalca que son muchos los complementos que pueden incrementar la nómina del portero en función del número de vecinos, escaleras que tenga el edificio, o los ascensores, pero los más habituales son:

  • Recogida de basura de la puerta de cada vecino: 4,62 euros por propietario y mes para 2018.
  • Cuidado de garaje: 0,98 euros/mes por vecino.
  • Mantenimiento de piscina: 91,12 euros por piscina y mes o fracción de mes que esté en funcionamiento.
  • Mantenimiento de jardín. En este supuesto se aplican diferentes baremos en función de su superficie, por ejemplo para 300 metros cuadrados serían 47,84 euros al mes.

Lo importante es que a su contratación la comunidad de vecinos cumpla con el convenio laboral de empleados de finca de su comunidad autónoma, siendo muy habitual que se establezca un periodo de prueba, por ejemplo como máximo de dos meses, en el convenio de la Comunidad de Madrid. Este marco regulador también incluye la obligación de entregar los uniformes de verano e invierno si se le exige vestir de un modo determinado. En cuanto al periodo vacacional, al conserje le corresponden  30 días naturales. En el supuesto de que no hubiera acuerdo sobre las fechas, la propiedad determinará un periodo de 15 días y el trabajador otro, pero siempre dentro del periodo de junio a septiembre.

Funciones del conserje

Desde Sefucom se explica que la comunidad de vecinos y el conserje acostumbran a pactar las responsabilidades del empleado según las necesidades de cada finca, si bien como norma el conserje no deberá asumir trabajos que requieran de una capacitación profesional específica ajena a sus competencias:

Las funciones del conserje más habituales destacadas por el convenio madrileño son:

  • Limpieza, conservación y cuidado del portal, portería, escaleras, pasillos, patios, sótanos y demás dependencias que tengan acceso por elemento común. Así como de los aparatos eléctricos u otros que estén ahí instalados. Como se acaba de señalar, la conservación no incluye pequeños trabajos de reparación, por ejemplo de albañilería o pintura, que se entiende requieren de la intervención de un profesional.
  • Vigilancia de las dependencias así como de las personas que entran en el inmueble. Fuera de una llamada de atención a estas personas que perturben el orden, el conserje debe comunicar a los cuerpos de seguridad cualquier problema, no debiendo actuar directamente.
  • Traslado de los cubos colectivos de basura.
  • Cuidado de los pisos y locales vacíos, pudiendo acompañar a las personas que deseen verlos de acuerdo a las instrucciones que con antelación haya recibido.
  • Apertura y cierre del portal, encendido y apagado de las luces de los elementos comunes, gestión de correspondencias o avisos.
  • Comunicará a la propiedad o al representante de la comunidad o cooperativa “cualquier intento o realización por parte de los propietarios o inquilinos, de situaciones que puedan suponer molestias para los demás o que den lugar a subarriendos u ocupaciones clandestinas o traspasos fraudulentos”. También debe comunicar cualquier obra que se realice en las viviendas o locales y haya llegado a su conocimiento.
  • Encendido, apagado y mantenimiento de los servicios de calefacción y agua caliente central salvo si está contratado a un tercero, y de otros motores de servicios comunes que pudiera tener la finca.
  • Cuidado de los cuartos de contadores y motores y de las entradas de energía eléctrica. También de la conducción general de agua, bajantes y sumideros de aguas pluviales. En caso de nevada, debe cumplir con las normas del municipio.

Fuera de estos cometidos, la comunidad deberá abonar un complemento salarial para el encargo de otras tareas, si bien desde el sindicato de empleados de fincas se insiste en que la mejor práctica es pactar las condiciones entre las dos partes sobre una base de justicia y equidad. Así, por ejemplo, se confiará en la buena voluntad del conserje para cuidar de las plantas ornamentales que pueda haber en la finca pero se abonará una cantidad extra cuando el cuidado se extienda a zona ajardinada.

Por último señalar que una de las principales fuentes de conflicto entre las partes deriva de una inadecuada cadena de mando, no se debe olvidar que el conserje cuenta con un gran número de ‘jefes’, cada propietario, lo que en ocasiones puede resultar estresante. Para evitar problemas, y según prevé la legislación, las instrucciones deben ser dadas únicamente por el propietario del inmueble o sus representantes legales, el presidente o el administrador de la comunidad o cooperativa.

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