Cómo obtener una licencia para tu actividad comercial

Equipo de Redaccion

El sector inmobiliario se ha ido superando, como lo demuestran las cifras más recientes publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), y las barreras burocráticas comienzan a desaparecer o, al menos, resultan más fáciles de sortearlas. Por ello, y por si tienes pensado lanzarte al interesante mundo empresarial, en este post analizaremos uno de los puntos que más dudas despierta: las licencias y permisos para abrir un negocio.

En los últimos años, se ha experimentado un cambio notable en relación con las autorizaciones necesarias: se han adoptado medidas encaminadas a facilitar la libertad de establecimiento y prestación de servicios para garantizar la seguridad y salud de los consumidores.

Para obtener una licencia comercial es necesario documentarse, en profundidad, de la normativa a la que está sujeta. Éstas dependen exclusivamente de las alcaldías locales dentro de las distintas Comunidades Autónomas. Cada licencia de inicio de actividad puede tener sus especificidades dependiendo del municipio y la comunidad autónoma a la que pertenezca.

Por tanto, dependiendo del lugar, nos vamos a encontrar diferentes tipos de concesiones: licencia, declaración responsable o comunicación previa.

Por un lado, cuando nos referimos a declaración responsable hablamos del cumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho, a disponer de la correspondiente documentación acreditativa y al mantenimiento de los requisitos durante el tiempo que realicemos la actividad comercial. Por supuesto, la comunicación previa se limita a manifestar el cumplimiento de los requisitos exigibles.

La licencia o comunicación de actividad o de apertura no es otra cosa que la certificación de que nuestro establecimiento cuenta con las condiciones adecuadas para desarrollar nuestra actividad sin causar molestias de ningún tipo.

Marco Legal

La Ley de Economía Sostenible, de 5 de marzo de 2011, establecía que «con carácter general, el ejercicio de actividades no se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo». Así, se abrían de par en par las puertas a una gestión burocrática, a priori, más ágil.

Ello, unido a la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, que establece la sustitución de la licencia por una declaración responsable de inicio de actividad, suaviza en gran medida las dificultades a la hora de establecer o iniciar una aventura comercial en España. Pero, atención, porque hablamos de locales «cuya superficie útil de exposición y venta al público no es superior a 300 m2«, no de grandes superficies u otro tipo de establecimientos que requerirán de la tramitación que les corresponda.

Requisitos generales

Debemos tener en cuenta antes de comenzar la actividad:

  • Licencia de obras: su solicitud será obligatoria en caso de que haya que acometer cualquier tipo de obra en el local.
  • Prevención de incendios: será preciso contar con medidas de emergencia como extintores, alumbrado y señalización. Se requerirá en todo caso para establecimientos turísticos, sanitarios, locales de espectáculos e industrias.
  • Medidas higiénicas: para aquellos establecimientos donde se procesen alimentos o se sirvan comidas: bares y restaurantes.
  • Medidas contra el ruido: la insonorización de los locales será necesaria si van a llevarse a cabo actividades que generen ruido o vibraciones como discotecas, academias o talleres.

La Comisión Europea ha creado un portal informativo muy completo, para cada actividad y territorio con material de consulta muy interesante para el inicio de las actividades empresariales.

Asimismo, siempre es aconsejable consultar a un especialista en materia urbanística a fin de asegurarnos de cumplir con todos los requisitos que establecen las normas y evitar cualquier contratiempo con la Administración.

Imagen de @Vassil Tzvetanov  distribuida con licencia Creative Commons By-2.0

Etiquetas