El certificado de eficiencia energética de los edificios es algo que todos sabemos que las viviendas que se venden o alquilan, desde hace un par de años aproximadamente, tienen que tener de forma obligatoria, por eso debemos de tenerlo en cuenta al comprar una casa. Pero lo que todavía no está muy asentada es que más allá de un trámite o un impuesto, la certificación energética, una gran ventaja de ahorro de energía.
¿Pero qué es el Certificado de Eficiencia energética?
Es un certificado que especificará mediante una escala de siete letras (de la A a la G), el nivel de emisiones CO2 en comparación con las dimensiones del edificio.
¿Cómo se calcula?
La eficiencia energética se calcula midiendo la energía consumida todos los años en condiciones normales de uso y ocupación. Para ello se tienen en cuenta todos los servicios utilizados de manera habitual, como puede ser la calefacción, la refrigeración, la ventilación, la producción de agua caliente y la iluminación. En concreto, el indicador recoge los kilogramos de CO2 divididos por los metros cuadrados de la vivienda (kg CO2/m2 al año). A aquellos con un ratio de emisiones por debajo de los 6,8 kg CO2/m2 al año se le asigna la letra A, la mejor calificación. La peor nota (la G) es para aquellos inmuebles que superan los 70,9 kg C02/m2 anuales.
¿Qué edificios deben certificar?
Por lo general, todos los inmuebles disponibles para la venta o el alquiler. La normativa incluye algunas excepciones, así por ejemplo no resulta obligatorio para los pisos arrendatados durante menos de cuatro meses, edificios aislados con menos de 50 metros cuadrados útiles, edificios y monumentos protegidos.
Por su parte, sí será obligatorio para todos los edificios de nueva construcción y también cuando se haga rehabilitación o reforma de edificios con una superficie útil superior a los 1.000 m2, que afecte al más del 25% del total.
Las sanciones en caso de no tenerlo oscilan entre 300 euros y los 6.000 euros.
¿Qué contiene el certificado de eficiencia energética?
Todo certificado de eficiencia energética tendrá como mínimo:
- Identificación del edificio o, si es el caso, de la parte del mismo que se certifica
- Identificación del procedimiento escogido para la obtención de la calificación energética de un edificio (opción general, programa informático, o opción simplificada) indicando la siguiente información:
- Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, instalaciones y otros datos utilizados para obtener la calificación energética del edificio.
- Identificación de la normativa sobre el ahorro y eficiencia energética que le era de aplicación en el momento de construcción (si existiera)
- Descripción de las comprobaciones, pruebas e inspecciones llevadas a cabo por el técnico certificador, durante la fase de calificación energética con la finalidad de estableces la conformidad de la información contenida en el certificado energético
3. Calificación de la eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética
4. Documento que recoja las medidas recomendadas por el técnico certificador, clasificadas según su viabilidad técnica, funcional y económica, así como por su repercusión energética, que permitan , en el caso de que el propietario del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas, que la calificación energética mejore como mínimo un nivel en la escala de calificación energética.
¿Dónde se puede solicitar?
El interesado en solicitar el certificado deberá acudir a los técnicos en posesión de titulación habilitante (arquitectos o ingenieros). El propietario tendrá total libertad para elegirlos.
¿Cuánto cuesta?
No existe un precio determinado. Cada técnico realiza su propuesta. Algunas páginas web, permiten acceder a las ofertas disponibles teniendo en cuenta el tipo de inmueble y la zona de residencia.