La telefonía teje una red cada vez más tupida, y son muchas las comunidades de vecinos que reciben la propuesta de instalar una antena de telefonía móvil. El debate está asegurado: ¿se acepta o rechaza esta inesperada fuente de ingresos? En la valoración intervienen factores que conviene analizar por separado para finalmente tener una visión conjunta de la situación.
El proceso va a ser muy diferente en cada comunidad, pero conviene organizar el debate. La guía de Consejos para las comunidades con antenas de telefonía, editada por la Federación Regional de Vecinos de Madrid (FRAVM) distingue cuatro fases:
Antes de la firma del contrato
- La propuesta económica. Existe cierta opacidad sobre el importe que una comunidad de propietarios puede recibir por albergar una antena, o base transceptora (EBT) y equipos complementarios. Depende del tipo de instalación, de la dificultad o no que haya en la zona para ubicarla y otros muchos factores. Hechas las salvedades, el Blog CNMC (de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) publicó que el alquiler medio en España era de 16.200 euros/año para zonas urbanas, 10.500 euros/año en poblaciones medianas y 4.000 euros/año en rurales (se publicó en 2012 con datos de 2010).
El consejo es que la comunidad de vecinos negocie la propuesta económica, ya que los operadores suelen estar dispuestos a mejorar su primera opción. Una vez establecida la cantidad conviene dividirla entre el número de vecinos para valorar individualmente si es relevante o no, teniendo en cuenta además debe ser declarada a Hacienda. En esta deliberación también hay que incluir la advertencia que hacen algunas fuentes que consideran que el precio de la vivienda puede verse disminuido por la existencia de una de estas instalaciones.
- Molestias para los vecinos. Pero el análisis debe ir más allá de lo económico. Cuando la comunidad de propietarios decide la conveniencia o no de instalar una antena debe sopesar también qué cambios va a implicar en la arquitectura del edificio y cómo puede afectar a su bienestar y convivencia. Algunos de los aspectos a valorar son:
1. Sobrecarga de peso. Instalar una de estas antenas de telefonía implica una sobrecarga para la estructura del edificio que FRAVM estima entre 3.000 y 10.000 kilos, lo que afecta de forma más importante a los últimos pisos. La recomendación es que un técnico ajeno a la compañía de telefonía evalúe su impacto.
2. Los motores y aparatos de refrigeración de la antena de telefonía producen un ruido, que según su ubicación y cercanía con la vivienda puede resultar molesto.
3. Campos electromagnéticos y radiaciones de microondas. Dos factores que sin duda protagonizarán buena parte de la discusión. El consejo es que la comunidad de vecinos se informe sin apriorismos.
4. Inutilización de azotea para otros usos. Esta instalación implica que la comunidad no va a poder dar otro destino a esta parte comunitaria de la finca, si bien es probable que ya viniera siendo así.
5. Acceso 24 horas al día. Cerrar este acuerdo implica que los técnicos de la compañía podrán acceder a la instalación cualquier día del año y a cualquier hora.
- Revisión del contrato. El objetivo es alcanzar un acuerdo ventajoso para la comunidad de propietarios y evitar cualquier abuso por parte de la compañía, lo que en la práctica se concreta en la necesidad de negociar. Algunos puntos a los que hay que prestar atención son:
1. Periodo de rescisión. Los plazos más comunes pueden ir de 10 a 25 años.
2. Realquiler. Es habitual que la compañía negocie alquilar las instalaciones a otras compañías o incluso se asegure la posibilidad de ampliar la instalación. El consejo de la federación madrileña es que se tenga por escrito respuesta a las siguientes preguntas: ¿quién controlará jurídicamente la instalación? y ¿cómo se supervisará la emisión de radiaciones
3. Información. Para que los vecinos conozcan en todo momento el tipo de instalación, sus reformas y estado de conservación.
- Responsabilidad civil subsidiaria. Un tema sin duda importante, ya que si la instalación es objeto de denuncias y pleitos con terceros “la comunidad es corresponsable de los daños”, según explica FRAVM.
- Licencia de obra y de actividad. Las antenas son instalaciones industriales que deben estar debidamente registradas.
Acuerdo de la junta de vecinos
Se requiere de una aprobación por unanimidad. Por implicar un cambio estructural en el edificio no es válido el acuerdo de las tres quintas partes en opinión de FRAVM. Existe otra interpretación al amparo del artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, con la que consideraría esta decisión como arrendamiento de elementos comunes que no tengan asignado un uso específico en el inmueble. En este caso la aprobación podría ser por las tres quintas partes del total de propietarios. El debate es prácticamente seguro.
Rescisión del contrato y plazo de preaviso
Siempre que se firma un contrato se aconseja fijar cómo deshacerlo. El plazo de preaviso para comunicar a la operadora la decisión de rescindir el contrato debe estar claramente estipulado. Llegado el caso, la FRAVM aconseja comunicarlo por Burofax y valorar enviar un segundo escrito al ayuntamiento correspondiente, además de sucesivos recordatorios al operador sobre la necesidad de desmontar la antena de telefonía según se acerque el vencimiento del contrato.
Si la operadora no desmonta la instalación al vencimiento de contrato
En el supuesto de vivir una situación similar, la comunidad de propietarios deberá informar al ayuntamiento, solicitando que se encargue del desmontaje. Además, la FRAVM recomienda denunciar los hechos al juzgado.
Cómo ubicar las antenas de telefonía en cada municipio
La web Infoantenas del Ministerio de Economía y empresa permite ubicar las estaciones de telefonía móvil con tan solo introducir los datos del municipio y dirección. Una vez que la aplicación ofrece el mapa, es suficiente con hacer clic sobre el icono del punto azul para conocer al detalle el tipo de instalación, desde las características técnicas al operador propietario o la cobertura de la antena.