Lo que hay que saber antes de anunciar una vivienda vacacional en Internet

Raúl Alonso

La Semana Santa da el pistoletazo de salida a una nueva campaña turística que en España vuelve a tener ambiciones de récord. El sector espera superar los 82 millones de visitantes extranjeros de 2017, y una buena parte de ellos elegirá la vivienda vacacional como solución de alojamiento. Son muchos los propietarios que esperan rentabilizar en los próximos meses su inversión en la costa ofreciéndola como apartamento turístico, lo que a una mayoría de ellos les llevará a publicitarse en los cada vez más poderosos portales de internet. Pero antes de anunciarse conviene conocer sus reglas y las obligaciones que los propietarios van a asumir de cara a la Administración.

Lo primero, cumplir con la Ley

Mayor control de Hacienda desde julio. Quizá lo más importante es saber que tanto el alquiler vacacional como el de larga duración deben ser tenidos en cuenta por sus propietarios para la declaración anual del IRPF en el año en que se generó. Como en cualquier ingreso por alquiler, es posible descontar los gastos en que se haya incurrido, por ejemplo, la comisión del portal de Internet en el que se ha anunciado.

La Agencia Tributaria controla las publicaciones de viviendas en Internet cruzando datos con los portales inmobiliarios. De hecho en la normativa que entrará en vigor a partir del próximo mes de julio, “exigirá a las plataformas de alquiler de viviendas turísticas vacacionales aportar información sobre sus propietarios, los usuarios y las operaciones que realicen”, como informaba recientemente Fevitur a los 125.000 alojamientos turísticos que representa.

Según esta asociación, a partir de julio los portales de intermediación están obligados a identificar al titular de la vivienda o al titular del derecho de explotación, la propia vivienda (con su referencia catastral), las personas o entidades que alquilan, el número de días, y el importe de la operación (o en su caso, indicar la cesión gratuita).

Consulta la regulación autonómica. Desde el punto de vista legal también hay que tener en cuenta que el alquiler vacacional puede tener una diferente regulación en una comunidad autónoma u otra. La única solución es informarse en la autonomía correspondiente para, por ejemplo, saber si la vivienda cumple con los requisitos exigidos por Ley: hay comunidades que regulan el tamaño mínimo de habitación, las condiciones de climatización, u obligan a incluir servicio de Wi-Fi, por ejemplo.

Otro de los puntos a los que hay que prestar atención es la existencia o no de registros de viviendas turísticas, lo que ocurre en la Comunidad Valenciana, Aragón o Cataluña, entre otras. Regulación a la que además hay que prestar atención periódica, ya que al tratarse de una actividad novedosa puede estar sujeta a cambios legislativos autonómicos, como en unos meses ocurrirá en la Comunidad de Madrid.

Pero internet tiene su propia ‘ley’

Capta la atención con una imagen de impacto. La oferta de vivienda vacacional de algunas de las localidades turísticas más populares puede abrumar al usuario. Los propietarios con anuncios más atractivos incrementan la posibilidad de ser elegidos, de ahí la importancia de que el anuncio destaque. Como es obvio, es muy importante que el propietario haga unas buenas fotos, cuidando su encuadre e iluminación, tratando de ofrecer una imagen atractiva de la vivienda pero real: mucha atención a las fotos que distorsionan la realidad.

Ofrece información adicional al usuario. Aunque estos portales acostumbran a tener muy estandarizados los datos sobre las viviendas que se ofrecen, siempre hay espacio para incluir información adicional, tanto gráfica como escrita. Es muy importante cuidar la descripción literaria, potenciando las fortalezas de la vivienda de un modo objetivo, pero también ofrecer información gráfica extra, muy importante los vídeos, visitas virtuales o, simplemente, planos.

Cuida la reputación online de tu vivienda vacacional. Internet es un canal en el que prima la transparencia. Uno de los métodos con los que los posibles clientes de una vivienda vacacional eligen la más idónea entre la oferta del portal, es consultando las opiniones de otros usuarios. Además, la mayoría de estos portales ofrecen una puntuación asociada a cada vivienda en función de las valoraciones de los clientes.

Si quiere ganar visibilidad en el mercado de alquiler vacacional, es realmente importante que el propietario vele por la buena reputación online. ¿El modo de hacerlo?: dando un servicio de calidad al inquilino, ofreciendo una información veraz tanto escrita como en las fotos y vídeos que muestran, cuidando de la conservación y limpieza de la vivienda, y –también muy importante– atendiendo y resolviendo sus consultas de forma rápida, incluidos los momentos de recogida y entrega de llaves. No queda otra.

Cómo defenderse ante el chantaje del usuario. Conocida la importancia que para el propietario tiene velar por la reputación online de su vivienda, algunos clientes han llegado a chantajear con dejar una mala opinión si no se accedía a su petición. Sin duda se trata de una situación delicada, y además mal resuelta para muchos de los propietarios de estas plataformas.

Dicho esto, hay que saber que en la mayoría de los casos no hay ninguna opción para eliminar una opinión de un cliente: sea considerada justa o injusta. Lo único que puede (y debe hacer) el propietario es contestar lo antes posible ofreciendo la visión de sus hechos, siendo muy importante que se haga en el mismo idioma en el que se ha dejado la opinión, ya que sobre todo impactará entre las personas que se comuniquen en esa lengua. Además, el propietario podrá acudir a la sección de evaluación para dejar su opinión del cliente.

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