La importancia del reglamento de régimen interior en mi comunidad

Equipo de Redaccion

El vecino nuevo no colabora, a la vecina del 5º no le gusta utilizar las papeleras, el perro del ático no para de ladrar… son tan sólo algunos ejemplos que reflejan algunas de las situaciones que pueden surgir.

¿Qué pueden hacer los vecinos para evitar problemas similares?

Hay varias soluciones que el ordenamiento pone a disposición de los ciudadanos para hacer que la convivencia entre los vecinos de una comunidad de propietarios se rija por hábitos saludables y basados en el respeto.

Una de estas herramientas, en la que nos centraremos hoy, es el llamado “reglamento de régimen interior”. Un conjunto de normas que, partiendo de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal, y en su caso, en los Estatutos de la comunidad, regula aquellos detalles que más afectan al día a día en la convivencia entre los vecinos. Su objetivo primordial es evitar controversias que puedan acabar en una disputa que se alargue en el tiempo o en el juzgado.

Algunos de los ejemplos que con frecuencia se suelen regular a través de este tipo de reglamentos son los siguientes:

  • Regular el uso del garaje de la comunidad.
  • Usos y horarios de la piscina comunitaria.
  • Calendario y horarios de la calefacción.
  • Jornada laboral del personal de portería.
  • Uso de la azotea u otras zonas comunes.

 ¿A quiénes obliga?

En el caso de que exista en la comunidad uno de estos reglamentos, estos obligan a su cumplimiento, tanto a propietarios como a “ocupantes”. Es decir, desde el inquilino o la figura del usufructuario, hasta nuestro invitado de fin de semana, independientemente de que nos encontremos ante un piso o un local.

Aspectos fundamentales

  • Objetivo: No veremos en este tipo de “normas” o reglamentos un reconocimiento o limitación de  derechos, sino ordenar aquellos que se recogen en la Ley y en los Estatutos de la Comunidad.
  • Aprobación: A diferencia de los Estatutos, que se aprueban por unanimidad, los Reglamentos se aprueban y modifican por mayoría simple.
  • Documento por separado: Deberá estar separado del título constitutivo de la comunidad.
  • Registro: Es voluntaria su inscripción en el Registro de la Propiedad, para lo que se precisará la elevación a público del reglamento.
  • Régimen sancionador: Si bien la facultad de imponer sanciones por parte de la comunidad es más bien limitada, siempre se podrá advertir al vecino que infrinja alguna de las disposiciones de régimen interno para que cese en sus acciones.

En caso de que persista se podría activar el mecanismo jurídico para privar temporalmente del uso del piso o local a dicho vecino. Es una de las soluciones más comunes en caso de que se desarrollen actividades ilegales o fraudulentas dentro de una vivienda o local.

En conclusión, podemos afirmar que contar con un reglamento de este tipo, algo relativamente sencillo especialmente por el régimen de mayorías que requiere, es una buena forma de establecer las pautas de conducta por las que los vecinos quieran regirse y, a la vez, la manera idónea de anticiparse a los conflictos menores que genera la propia convivencia.

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