La venta de viviendas sin posesión consiste en la preventa de una vivienda ya adjudicada por el banco, pero que todavía se está resolviendo la posesión en los juzgados (puede que aún no haya llegado la orden de desahucio y la casa siga ocupada).
Este tipo de compraventa de «vivienda sin posesión» es una “compra a ciegas”, es decir, el particular interesado en una vivienda aún con personas, desconoce cómo está la casa por dentro ni tampoco cómo la va a recibir. Por eso el precio de la venta es tan atractivo, porque se asume que el nuevo propietario tendrá que por un lado, efectuar reformas si la casa tuviera desperfectos y segundo, para llevar a cabo los trámites para hacerse con la posesión.
El Inmueble no se transmitirá al corriente de Gastos de Comunidad ni de Impuestos, ni se encuentra dotado de servicios y suministros siendo de cargo del adquirente la obtención de éstos.
El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble