Unir legalmente dos viviendas anexionadas, ¿me interesa?

Equipo de Redaccion

¿Problemas de espacio en casa? Comprar una vivienda con más metros cuadrados no es la única solución cuando la actual se queda pequeña: si se presenta la posibilidad de adquirir un inmueble adyacente, es posible anexionar las dos viviendas contiguas siempre que se cumplan algunos requisitos. Por lo tanto, es posible unir las viviendas de una forma física (ya sea al mismo nivel o a distintas alturas, resultando un dúplex) y también que las dos viviendas pasen a ser consideradas una en el registro de la propiedad. Pero una vez hecho lo primero, lo segundo no es obligatorio.

 

Primer paso: la unión física

El proceso para la unión física comienza con una evaluación técnica por parte de un profesional y la consecución de los permisos necesarios. El trámite se resume en:

  • Conseguir el acuerdo de los propietarios de ambos inmuebles, en caso de que no se trate de la misma persona.
  • Lograr la aprobación de la junta de propietarios de la comunidad, estando a favor al menos las tres quintas partes de los mismos, que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación (aunque este acuerdo no será necesario si así lo prevén los estatutos de la comunidad, siempre que no se alteren los elementos comunes, y la cuota de participación de la vivienda final resulte igual a la suma de las cuotas de las iniciales).
  • La licencia administrativa.
  • La licencia de obra si se alteran elementos estructurales.

 

Segundo paso: la unión jurídica

A continuación, una vez que ambas viviendas están ya unidas físicamente, cabe plantearse la pregunta de si merece la pena registrar la vivienda resultante como un único inmueble o no hacerlo ya que, como ya hemos apuntado, esta decisión es opcional: es perfectamente posible que a efectos jurídicos ambos inmuebles mantengan su independencia.

La respuesta a esta pregunta dependerá del caso concreto ya que ambas alternativas presentan ventajas e inconvenientes. La mayor parte de los propietarios optan por mantener la independencia de los inmuebles ya que se podría disponer de ellos por separado (hipotecarlos, venderlos, etc.). Consecuentemente, los inmuebles estarían sujetos a impuestos también de manera independiente.

Sin embargo, en determinados supuestos, al propietario le puede resultar más interesante que la vivienda sea jurídicamente una y no dos. Por ejemplo, en caso de que quiera beneficiarse de una deducción o bonificación fiscal que se aplique sobre la primera vivienda o vivienda habitual y no sobre la segunda. Otra razón, puede ser que la unificación de facturas de electricidad, agua y gas y del seguro, podría suponer algún ahorro de tipo económico, aunque el proceso también conlleva gastos notariales y registrales.

En cualquier caso, si se decide por unificar las dos viviendas desde el punto de vista jurídico, el trámite a seguir es el siguiente:

  • Conseguir una nueva célula de habitabilidad para la vivienda resultante.
  • Alterar la inscripción en el registro de la propiedad.
  • Alterar la inscripción en el catastro.

¿Y si me arrepiento de mi decisión?

En el caso de tomar la decisión de unir las dos viviendas desde el punto de vista legal y que en el futuro vuelvan a cambiar las necesidades, es interesante tener en cuenta que la ley también prevé la separación de vivienda mediante un procedimiento muy similar al que hemos visto anteriormente. El proceso, por tanto, es reversible.

 

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