Ahora, la elevada competencia entre las entidades financieras nos permite contratar hipotecas en condiciones muy favorables. lo que se traduce a tipos de interés más bajos y con comisiones y vinculaciones mucho menos gravosas.
Pero muchas veces, la necesidad de conseguir una hipoteca nos hace errar en la elección y con el paso del tiempo acabamos por no estar satisfechos con las condiciones de una hipoteca que en su momento elegimos, ya sea por las comisiones o por la famosa cláusula suelo.
Por fortuna, la Ley 41/2007 de Regulación del Mercado Hipotecario, prevé este tipo de situaciones y establece la posibilidad de cambiar las condiciones iniciales de un préstamo hipotecario, o bien re-negociando unas condiciones para conseguir unas más beneficiosas, mediante lo que se denomina Novación modificativa, o llevándonos el préstamo a otra entidad que nos ofrezca unas condiciones de tipos de interés y/o plazos que más nos interesan, en lo que se llama Subrogación de la hipoteca.
Para llevar a cabo este trámite no tenemos que pedirle permiso al banco para llevarnos nuestra hipoteca, sin embargo debemos haber pagado como mínimo 3 años para que otro banco nos la acepte.
A los bancos, lógicamente, no les interesa que nos llevemos nuestro préstamo hipotecario a otro banco, porque estarían perdiendo un cliente. Por lo que el cambio nos provocará una serie de gastos que tenemos que tomar en cuenta y que tendremos que comparar con el futuro ahorro en costes que obtendremos al modificar las condiciones de nuestra hipoteca en el nuevo banco y que determinará si es interesante o no realizar la subrogación de la hipoteca.
Estos gastos se dividen en notaría, registro y gestoria a lo que habrá que añadirle la comisión de subrogación que en su momento firmaríamos en su momento con nuestra entidad financiera actual y que está regulada por la Ley 2/1994. Todas las hipotecas firmadas a partir de diciembre de 2007, dicha comisión no puede superar el 0,50% durante los 5 primeros años de vida del préstamo y el 0,25% por el resto de años.
Alternativas a la subrogación de la hipoteca
Hay una alternativa simple, que es contratar una nueva hipoteca con nuevas condiciones. Hay que tener en cuenta que en la subrogación de la hipoteca, sólo podemos modificar las condiciones de tipo de interés y el plazo de amortización.
Así que si lo que realmente necesitamos en ampliar el capital o modificar alguna comisión, la única opción, aunque más costosa en contratar una hipoteca nueva.
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