¿Se pueden prohibir los alquileres de pisos vacacionales? Palma de Mallorca lo ha hecho

Equipo de Redaccion

A finales de abril el Ayuntamiento de Palma de Mallorca aprobaba una normativa que no tiene precedentes en nuestro país: a partir de este verano solo los propietarios de chalés podrán alquilar su vivienda a turistas. Pisos y apartamentos quedan excluidos de un negocio que supone unos ingresos muy importantes tanto para algunas familias como para las plataformas del sector.

Entre 2015 y 2017 en la capital balear la oferta de pisos turísticos no reglados aumentó un 50% hasta alcanzar las 20.000 plazas, sin embargo, solo 645 de las viviendas ofertadas cuentan con licencia.

“Nuestra intención es preservar que los residentes y los trabajadores puedan acceder a los alquileres y no se encuentren con problemas de saturación«, ha explicado José Hila, teniente de alcalde de Urbanismo en ese consistorio.

La proliferación de las viviendas turísticas se ha convertido en un grave problema que las ciudades aún no saben cómo enfrentar. Madrid y Barcelona trabajan en normativas para regular este sector, pero se topan con limitaciones legales que tienen que ver, fundamentalmente, con la dificultad de restringir el derecho de los propietarios a utilizar su inmueble como crean conveniente.

En 2016 Berlín tomó la misma iniciativa de Palma de Mallorca. La medida terminó en el Tribunal Constitucional alemán, que falló contra el ayuntamiento, de manera que en enero tuvo que aprobar un nuevo reglamento permitiendo de nuevo el alquiler vacacional.

Y los precios se disparan…

La Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur) ha criticado duramente la prohibición al considerar que atenta contra el sector turístico y afecta gravemente a la economía de muchas familias. Quienes la defienden sostienen justamente que controlar esa actividad tendrá un importante beneficio social ya que ayudará a detener el fuerte incremento de los precios del alquiler.

Para César Díaz, asesor jurídico de Confederación Española de Consumidores y Usuarios (CECU), “los datos son abrumadores. En Barcelona los precios han subido hasta un 48% en los últimos cuatro años y en Madrid, hasta un 28%, y en el último año en torno a un 10%. Esto va a ir a más. Y una de las razones es el aumento exponencial del alquiler vacacional”.

Es evidente que el sector requiere de algún tipo de regulación, pero, ¿cuál? El laberinto jurídico que plantea se explica mejor si reducimos el problema a un conflicto en la comunidad de propietarios.

Según la Ley de Propiedad Horizontal, aunque una mayoría de vecinos se opusiera a que uno de los inmuebles se convirtiera en un piso vacacional, no podría impedirlo a no ser que se demostrara que supone una actividad molesta para el resto de propietarios.

Probar esas molestias no es fácil. En todo caso, la denuncia debería ser resuelta por un juez. Otra posible vía para impedir el alquiler vacacional sería cambiar los estatutos de la comunidad, sin embargo, para ello se requiere el acuerdo unánime de los vecinos y, como es lógico, al menos uno de ellos no estaría conforme.

Si se aprobara por mayoría simple, la comunidad debería trasladar la decisión a un juez. Es decir, el caso siempre acabaría en un juzgado y la resolución, si no existen ni molestias para los vecinos ni se demuestra que la actividad es ilegal, generalmente será favorable al arrendador.

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