Tras muchos meses de retraso, finalmente el Gobierno ha aprobado el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, con el que se pretende facilitar el acceso a la vivienda a los sectores más desfavorecidos, además de promover la rehabilitación de edificios. En total se destinarán a estas ayudas 1.443 millones de euros repartidos en cuatro años. Veamos a quiénes van dirigidas y su cuantía específica.
Ayudas al alquiler
La condición general para obtener las subvenciones es que la vivienda arrendada se utilice como residencia habitual. Estos son los beneficiarios.
- Menores de 35 años cuyos ingresos anuales no superen la cantidad resultante de multiplicar por tres el IPREM. Actualmente eso supone 22.558 euros. Si se trata de una familia numerosa, se multiplica por cuatro el IPREM (30.078 euros anuales). El precio del alquiler no puede superar los 600 euros mensuales, aunque en algunas zonas de alta demanda, con precios más caros (Madrid y Barcelona sobre todo), podría llegar hasta los 900 euros mensuales. El límite de la ayuda será el 50% de la renta mensual, excepto si viven en las zonas de alta demanda y su alquiler llega hasta los 900 euros, ya que entonces el límite se reduce al 30%.
- Mayores de 65 años que cumplan los mismos requisitos anteriores y, además, que su patrimonio no supere los 100.000 euros. La cuantía de las ayudas también es la misma que las de los menores de 35 años.
- A quienes tengan entre 35 y 65 años, se les exigen las mismas condiciones que a los menores de 35, pero se reduce el límite de las ayudas al 40% de la renta mensual del alquiler.
- Aquellas personas que se hayan visto afectadas por un desahucio y alquilen una vivienda con un precio máximo mensual de 400 euros pueden acceder a ayudas de hasta 400 euros, por tanto, llegan a ser del 100% de la renta.
Ayudas para la compra
También como condición general, la vivienda deberá ser la residencia habitual y el beneficiario no puede tener otra propiedad inmobiliaria. La ayuda llega al 20% del precio de la casa, con un límite de 10.800 euros.
La subvención está destinada únicamente a jóvenes menores de 35 años que vivan en municipios de menos de 5.000 habitantes y cuyos ingresos anuales no superen la cantidad resultante de multiplicar por tres el IPREM (22.558 euros) o por cuatro (30.078 euros anuales) en caso de las familias numerosas. Además, el precio de la casa no puede superar los 100.000 euros.
Ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios
Destinadas a actuaciones en inmuebles construidos antes de 1996 y que supongan una mejora del aprovechamiento térmico (reforma de la envolvente, aislamientos, etc.) o una protección frente al ruido y la contaminación interior.
La cuantía de la ayuda será de 12.000 euros para casas unifamiliares y de 8.000 euros para pisos. Si se trata de un edificio residencial, la subvención será la cantidad resultante de multiplicar 8.000 euros por el número de pisos de la comunidad.
El límite de la ayuda se fija en el 40% del presupuesto de la obra. Si los propietarios son discapacitados, mayores de 65 años o sus ingresos son inferiores a tres veces el IPREM, el límite asciende hasta el 75%.
¿Cómo se solicitan?
Las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla gestionarán todas estas ayudas, por tanto, habrá que presentar las solicitudes y la documentación requerida en las consejerías que se ocupen de la vivienda. Pero para ello habrá que esperar a que las comunidades hagan convocatorias públicas para conceder las ayudas, a través de los boletines oficiales y de los medios de comunicación, una vez que tengan los fondos y este organizado el procedimiento administrativo.