Donarle o venderle la casa a tus hijos ¿Cuál es la mejor opción?

Equipo de Redaccion

Muchas variables hay que tener en cuenta a la hora de formularnos esta pregunta. La respuesta depende del análisis de muchas variables, desde el precio de la vivienda, los diferentes impuestos según comunidades autónomas, la edad de los compradores, etc. Por ello la respuesta no es única ni genérica, por lo que si te lo estás planteando esta pregunta, coge la calculadora. Vamos por partes:

 

Impuestos tienen que pagar tanto padres como hijos, en caso de donación

  • Padres

Deben liquidar en el Impuesto de la Renta (IRPF) la correspondiente ganancia patrimonial como si de una compraventa se tratase. Esto es así porque las donaciones tributan en la declaración de la renta. Y es el donante (los padres), no quien recibe la donación (los hijos), quien debe liquidarlo.

Además de esto, corresponde también al donante el pago de la plusvalía municipal correspondiente y dependiente de cada Ayuntamiento.

  • Hijos

Al recibir la donación, les corresponde pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. El importe de este impuesto depende del valor del bien o la comunidad autónoma donde esté localizado el inmueble. En la mayoría de las comunidades autónomas hay bonificaciones del 99%, 75%…pero en otras no existen.

 

Impuestos a pagar en caso de compraventa

  • Padres

Son los mismos que en el caso de la donación: deben liquidar el IRPF y asumir la plusvalía municipal.

  • Hijos

Como en cualquier operación de compraventa, deben abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), un impuesto que también varía en función de las comunidades. Desde el 6% de la Comunidad de Madrid, el 7% de Aragón, 8% de Castilla-La Mancha al 10% de Extremadura. No obstante, algunas comunidades aplican un variable de tipos que depende del valor del inmueble.

Además, al tratarse de una compraventa, debe de existir una transferencia económica hacia los padres. Bien sea porque el hijo tiene la cantidad ahorrada, porque pide una hipoteca –con los gastos que eso conlleva– o bien porque los padres realicen un préstamo privado al hijo o a los hijos.

CUIDADO! De no existir esta transferencia Hacienda puede puede entender que se ha falseado un documento público y considera que se ha producido una ganancia patrimonial no justificada por parte de quien recibe la vivienda, es decir, que ha existido una simulación.

 

¿Cuál es la base impositiva?

Una vivienda no se puede donar ‘gratis’ ni ‘por dos euros’. Al menos no se puede hacer sin recibir después un importante ‘palo’ de Hacienda. De la misma manera, tampoco se puede vender una vivienda por estos importes ficticios o por un precio que posteriormente el fisco considere «anormalmente reducidos».

Toda vivienda tiene un valor mínimo a efectos fiscales. Un valor que cada comunidad autónoma calcula basándose en unos parámetros. En algunos casos se toma como referencia el valor catastral del inmueble, pero cada comunidad tiene sus métodos de cálculo.

Por eso y ya sabiendo que la respuesta depende de varios factores, consigue averiguar todos los impuestos fijos y variables que tienes que pagar en cada uno de los casos y decide que hacer.

 

Artículo visto en El Confidencia