Cosas que nunca debes hacer si tienes un inquilino moroso

Equipo de Redaccion

El mayor temor de un propietario cuando pone su casa en alquiler es tener problemas para cobrar la renta. Si el inquilino se retrasa en los pagos y no se logra un compromiso por su parte para cumplir con lo acordado, puede iniciarse un largo y desagradable proceso en el cual el casero quizá se vea tentado a tomarse la justicia por su mano.

Cuidado, eso siempre es un grave error. Los expertos de pisos.com ponen como ejemplo cinco formas equivocadas de afrontar el problema que pueden provocar una denuncia contra el propietario:

  • Cambiar la cerradura. Impedir el paso al domicilio del inquilino es ilegal. Cuando se alquila una vivienda se cede el use y disfrute de la misma, es decir, el arrendatario tiene todo el derecho a utilizarla sin que nadie se lo pueda impedir, salvo un juez. Cambiar la cerradura sería considerado coacción. El inquilino podría llamar a la policía para obligar al propietario a facilitar el acceso y un juzgado podría multarle y condenarle a una indemnización por daños y perjuicios.
  • Desentenderse del mantenimiento de la vivienda. El casero es el responsable del buen estado y la habitabilidad de la casa, aunque no se pague el alquiler. Si en esa situación, por ejemplo, se negase a reparar un deterioro en los suelos o en las paredes, o problemas eléctricos o de tuberías, el inquilino tendría una justificación legal para no pagar mientras no se realicen las reparaciones. También podría solicitar al ayuntamiento una inspección y, como consecuencia, podría obligarse al propietario a realizar las obras necesarias. En el peor de los casos, si el deterioro o la insalubridad de la casa provocase una enfermedad grave o la muerte del inquilino, es posible que el propietario acabase en la cárcel.
  • Cortar los suministros. Algún casero desesperado podría pensar que si corta el agua, el gas y la electricidad al inquilino moroso no tendrá más remedio que pagar o abandonar la casa. Se equivoca. Ante la ley, es una situación similar al cambio de cerradura: se está impidiendo al arrendatario disfrutar de la vivienda. Por tanto, el propietario puede ser denunciado, multado y obligado a indemnizar al inquilino.
  • Vender la casa. La ley da al inquilino un derecho preferente sobre la adquisición de la vivienda en el caso de que el propietario decida venderla. Si este actúa sin informarle y realiza la venta a un tercero, la operación probablemente sea anulada por un juez. No sería extraño que en esta situación el comprador desista de una transacción que presenta problemas legales.
  • Amenazas verbales o físicas. Esta es la última línea roja. Una actitud así siempre es moralmente reprobable y legalmente condenable. Un arrebato del propietario tal vez sea grabado por el inquilino, lo que supone una prueba de las amenazas o de la agresión en caso de denuncia. Si el juez determina que es una infracción leve, quizá baste con una multa. Si fuera grave, incluso con daños físicos, podrían imponerse penas de prisión.
Etiquetas