Ir en bicicleta por Madrid: manual de urgencia para el ciudadano

Equipo de Redaccion

La bicicleta como medio de transporte urbano gana presencia en Madrid. Pero antes de pedalear por el asfalto conviene tener claro si el ciclista está obligado a llevar luces cuando circula en la noche, a qué distancia puede adelantar a un peatón en una ciclo calle o jardín, o cómo funcionan las vías con circulación en ambos sentidos para bicis. Preguntamos al Ayuntamiento de Madrid todo lo que debes saber para ofrecerte el más completo manual de urgencia para ir en bici en Madrid.

La bici gana protagonismo

En los últimos años las soluciones de movilidad personal se han multiplicado con la irrupción de los patinetes eléctricos o segways entre otros, aunque ninguno de ellos parece amenazar el reinado de la bicicleta como vehículo unipersonal urbano más popular. Sin embargo, y pese al apoyo institucional del que se ha beneficiado en los últimos años, es difícil determinar el número de desplazamientos en bicicleta en la capital de España. El portal especializado En bici por Madrid estimaba entre 65.000 y 87.000 diarios en 2017 utilizando diversas fuentes oficiales. Sí sabemos que el pasado julio de 2019 BiciMad contaba con 66.067 usuarios activos, si bien el servicio del Ayuntamiento de Madrid de alquiler de bicicletas eléctricas representa solo un porcentaje de la circulación en bici que se puede ver por la ciudad.

La normativa que afecta al ciclista urbano también es confusa. No podemos olvidar que la irrupción de los vehículos de movilidad personal (VMP) es reciente, y aún más su uso generalizado. A la espera de que la Dirección General de Tráfico marque la pauta y se compruebe hasta qué punto estos nuevos modelos de desplazamiento condicionan el uso de la histórica bicicleta, los ayuntamientos se ven en la necesidad de ir organizando su circulación. Repasamos la ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid de octubre de 2018.

Cómo ir en bici en Madrid

¿Debo utilizar casco en la bicicleta por Madrid?

El casco es una medida muy recomendable para la protección del ciclista pero no es de uso obligado en vías urbanas madrileñas para los mayores de 16 años. Sí es obligado para los ciclistas de menos de 16 años y para todos cuando circulan por vías interurbanas.

¿Se puede llevar a un niño como segundo pasajero?

Sí, siempre que el conductor sea mayor de edad y el niño de hasta 7 años. Además la bicicleta debe llevar un asiento adicional “que habrá de ser homologado cuando así se determine reglamentariamente”.

¿Se puede llevar a una mascota?

Sí pero en un trasportín debidamente anclado y con sujeción del animal.

¿Dónde se puede aparcar la bici?

De forma preferente en los apaca bicicletas. De no existir, se pueden anclar a vallas u otros elementos de mobiliario urbano siempre que no afecte a su funcionalidad o a su acceso. La excepción son los bancos, marquesinas o elementos vegetales.

¿Por dónde debe circular la bici?

Debe desplazarse por la calzada, ya sea en carril específico o habilitado. Además tiene que ocupar la parte central del carril que esté utilizando en ese momento. El Ayuntamiento madrileño ofrece una completa información sobre las vías ciclistas.

¿En vías con dos o más carriles por sentido se puede circular por cualquiera?

Se debe circular preferiblemente por el carril situado más a la derecha, si bien el resto de carriles pueden ser utilizados para facilitar el itinerario del ciclista o por razones de tráfico. La excepción son los carriles habilitados para autobuses, taxis o motos, prohibidos para el ciclista salvo que se indique lo contrario. 

¿Se puede circular por calles peatonales?

No se puede circular por calles peatonales ni por aceras. Cuando el ciclista acceda a la acera debe hacerlo desmontado, incluso cuando lo hace para estacionar. Los menores de 12 años sí pueden circular por la acera siempre que no sea una calificada como de especial protección para el peatón, y además deberán hacerlo acompañado de un adulto a pie y a una velocidad máxima de 5 kilómetros a la hora.

¿Cómo se circula por calles residenciales y zonas de 20 km/hora?

Una de las últimas novedades en la circulación de bicicleta ha sido poder circular en ambos sentidos de la marcha en las calles residenciales con limitación de 20 km/hora, siempre que no exista una señalización que lo prohíba. El resto de calles de sentido único debe contar con una señalización específica de circulación en doble sentido exclusiva para bicicletas. En cuanto a la preferencia en la circulación, las bicis que circulen en sentido contrario a los vehículos a motor deberán ceder el paso.

¿A qué distancia puede adelantar una bicicleta a un peatón en ciclo calles o zonas residenciales?

El ciclista debe mantener un mínimo de un metro con el peatón y las fachadas, y está obligado a bajarse de la bici cuando no pueda mantener esta distancia.

¿Se puede circular por la M30?

Solo por los tramos que cuentan con semáforos.   

¿La bici puede circular por parques y jardines?

Sí, siempre que el paseo pavimentado cuente con más de 3 metros de ancho y con una velocidad límite de 20 km/hora. Los menores de 12 años podrán circular por paseos de menor anchura siempre que no molesten al peatón. En el caso de zonas forestales y parques suburbanos, las bicis sí pueden circular por los caminos interiores sin poner en peligro a los viandantes.

¿A qué velocidad se puede circular por las aceras-bici?

En el caso de estas vías, como las de las calles de Serrano u O’Donnell, la velocidad máxima es de 10 km/hora.

¿Es obligado llevar alumbrado en la bicicleta?

Aquí el consistorio madrileño vuelve a seguir el Reglamento General de Circulación que dice que el reflectante rojo trasero es obligado, mientras que los amarillos de las ruedas son opcionales. Cuando se circula por la noche o al anochecer la bici, como el coche, debe llevar encendida una luz delantera blanca y una trasera roja. Facilitar la visibilidad en la noche es sin duda una de las principales obligaciones del ciclista.