La nueva Ley de Urbanismo y Suelo de la Comunidad de Madrid entra en la recta final de aprobación. De ella se espera un nuevo marco legal que fomente el desarrollo en los municipios madrileños con flexibilidad, rigor y transparencia. Cualidades imprescindibles para trabajar por un crecimiento sostenible, alejado de las tensiones vividas en otras épocas y que satisfaga las necesidades del ciudadano.
El pasado 24 de octubre, el Consejo de Gobierno revisó el borrador que sustituye a la actual Ley de Suelo regional, una norma de tortuoso recorrido desde su aprobación en 2001: tras 15 modificaciones parciales el texto resultante es de difícil entendimiento en un momento en el que en muchos municipios de la región se reclama un nuevo suelo urbanizable, y se trabaja en el rediseño del tejido urbano para adaptarlo a los retos del nuevo siglo.
«Esta nueva ley se configura como un auténtico código único que dota de coherencia a la normativa urbanística», explicaba Cristina Cifuentes, presidenta de la Comunidad de Madrid, a la finalización de la reunión. Sin embargo, aún queda pendiente conocer cómo evolucionará durante su tramitación en la Asamblea de la Comunidad de Madrid, si bien el objetivo es ratificarla en lo que resta de año. Desde su puesta en marcha, todos los municipios madrileños contarán con un plazo de adaptación de su planeamiento urbano de cuatro años.
Cinco claves para un nuevo escenario
A la espera de conocer su redacción definitiva, sí se pueden avanzar algunas de las novedades:
- Seguridad jurídica. Agrupar toda la legislación dispersa en un único texto debe servir para dotar de mayor coherencia a la normativa urbanística. El ciudadano debe estar informado sobre los criterios de expansión y gestión urbanística de su municipio, de igual modo que los promotores y otros agentes. La intención del legislador es clarificar qué suelos se pueden desarrollar y cuáles no, introduciendo novedades como que en el suelo no urbanizable no se pueda construir en ningún caso, salvo modificación de su clasificación por iniciativa del ayuntamiento. En aras a esta transparencia, también se introduce el concepto de Plan General de Ordenación Urbana Simplificado, que informará sobre la previsión de crecimiento en municipios de menos de 5.000 habitantes y hasta seis millones de euros de presupuesto.
- Avanzar hacia la ciudad sostenible. El concepto de ciudad ha sufrido una profunda transformación en los últimos años para crear espacios más amigables. Para lograrlo, la ley introduce novedades encaminadas a lograr ciudades energéticamente eficientes, que fomenten la movilidad sostenible del ciudadano. Además, deben crecer bajo el principio de cohesión territorial, de modo que todos sus barrios y calles garanticen similares estándares de confort a sus vecinos.
- Regeneración urbana. Otro de los puntos clave es fomentar la rehabilitación del centro y la periferia urbana, una de las asignaturas pendientes del sector del urbanismo y la construcción. Las medianas y grandes ciudades contarán con nuevos instrumentos para este fin, como los programas municipales de actuación sobre el medio urbano. Su finalidad es permitir las modificaciones sobre el plan general para poner en marcha las actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación. Desde la entrada en vigor de la nueva norma, ya no será necesario modificar el planeamiento general para poder aprobar medidas concretas para una determinada localización, evitando demoras innecesarias.
- Más poder para el ayuntamiento. El Gobierno regional habla de «marcado carácter municipalista» para avanzar que la nueva ley concederá un mayor rango de decisión a las corporaciones locales. De este modo se espera dotar al sistema de más flexibilidad para atender necesidades puntuales, incluso incluyendo soluciones diferenciadas en función del tamaño del municipio.
- Adaptación al marco jurídico. Desde un punto de vista más formal, la nueva norma también servirá para adaptar la legislación regional a los marcos estatal y europeo vigentes.
Abierto al ciudadano
Con estos presupuestos la nueva Ley entra en su última fase de aprobación. Debe servir para que el ciudadano perciba el planeamiento de las calles por las que pasea y trabaja como una realidad cercana, sobre cuya transformación y conservación incluso puede influir. Así, en el título uno de la redacción del borrador se establecen las reglas para recoger esas opiniones y que sean tomadas en consideración, «consagrando el derecho a la participación ciudadana». También con este objetivo de supervisión, la norma se adapta a la Ley de Transparencia y a las nuevas disposiciones estatales sobre procedimientos administrativos, en vigor desde el pasado mes de octubre.
Mayor control de la infracción
Otros de las reclamaciones sociales que el texto quiere satisfacer es la de control de la legalidad urbanística. La Ley refuerza el margen de acción de las Administraciones para actuar frente a posibles infracciones, para lo que se amplían hasta los ocho años los plazos de prescripción, en lugar de los cinco actuales, y se endurece el régimen sancionador. Entre las medidas destacan la capacidad de decomisar cualquier beneficio que se obtenga por la comisión de una infracción y, muy importante, se abren vías jurídicas para que las Administraciones Públicas no tengan que costear las actuaciones que fueran necesarias para restaurar la legalidad urbanística, siendo el infractor quien está obligado a asumir esos importes.