Preguntas frecuentes que hacerle a un Agente Inmobiliario

Equipo de Redaccion

Comprarnos una casa es una de las decisiones más importantes de nuestras vidas. Por eso, a la hora de dar el paso, queremos encontrarnos con agentes inmobiliarios especializados que nos respondan a todas las preguntas y dudas que tengamos y nos den la confianza de estar comprándonos un vivienda sobre seguro. Y es que los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria velan por los derechos de los clientes y defienden la legalidad. Además, comprueban los datos inmobiliarios en el registro de la propiedad y aconsejan sobre trámites, precios y gestiones.

Te enumeramos algunas de las preguntas que más se les realizan a los APIs antes de comprar una vivienda o  de ponerla en venta.

 

Estas son las preguntas más frecuentes de los que quieren poner su casa a la venta:

  1. ¿A qué precio vendo mi vivienda?

Las propiedades tienen un valor de tasación inmobiliaria que depende del tipo de propiedad, zona en la que se encuentre, característica, etc. Para vender nuestra propiedad, debemos  saber cuál es la valoración de mercado real de venta, dato del que nos podrá informar el agente inmobiliario. Éste deberá decirte si el valor que logra por tu inmueble es superior al de otro parecido por la misma zona o de las mismas características.

2. ¿Qué documentación tengo que aportar?

Para una correcta tramitación, debes aportar la copia de las escrituras y el DNI del propietario (si no eres tú mismo), el último recibo del IB y otros gastos como el agua y el gas. Además, también es importante aportar, días previos a la venta, un certificado de estar al tanto de todos los pagos de la comunidad y el Certificado de Eficiencia Energética.

3. ¿Tengo que pagar alguna comisión?

Generalmente, si queremos vender nuestra casa, nos veremos obligados a pagar los honorarios del profesional que hace posible su venta. A lo largo del proceso de la transacción inmobiliaria debemos estar informados del coste que supone dicho servicio. Normalmente, los honorarios rondan entre el 3 y el 5% del precio final de venta.

 

Si deseas comprar una vivienda, seguro que has pensado en alguna de estas cuestiones:

  1. ¿Cuáles son los gastos de una compraventa?

Los gastos fijos que debe asumir el comprador a la hora de comprar una vivienda, a parte del importe pactado por la compra de la vivienda, son varios:

Si vas a necesitar financiación, tienes una serie de gastos previos a la firma como la tasación (que dará un valor al inmueble sobre el que el banco regirá su operación) y posibles productos bancarios incluidos con la hipoteca.

En ambos casos, si financias o no financias, los gastos serían los siguientes:

  • La escritura pública de compraventa certifica el cambio de propietario. Ésta debe realizarse por un notario y sus honorarios, regulados por la Administración, dependen del precio del inmueble y de otros factores como el número de avalistas o la extensión de la escritura. Si se compra mediante crédito hipotecario y no se produce subrogación, hay que realizar dos escrituras: la de compraventa y la de la hipoteca.

Al estar regulado por Ley, todos los notarios de España cobran lo mismo por el mismo servicio, si bien estos pueden hacer un descuento del 10%. Para las viviendas de protección oficial y en las subrogaciones, los precios son más reducidos.

  • Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: los impuestos y sus costas varían mucho en función de si se trata de una vivienda de obra nueva o una de segunda mano. Entre los impuestos más comunes, estarían estos:
  • El IVA: sólo lo tendrás que pagar cuando se trate de una vivienda de obra nueva y se compre directamente al promotor. En este caso, los compradores tienen que pagar el 10% de IVA del valor de compraventa. El IVA es del 4% cuando se trata de viviendas de protección oficial.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: sólo lo pagarás si se trata de vivienda usada. Supone  entre un 5 y un 8% del precio escriturado, dependiendo de la comunidad autónoma. Este porcentaje puede variar si se es familia numerosa,  por minusvalías o si se tiene menos de 32 años, entre otros factores.
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: se paga por firmar en el notario e inscribir en el Registro cada escritura pública. Su base de cálculo en las hipotecas es la responsabilidad hipotecaria y, aunque varía en función del importe, del tipo de vivienda y de la Comunidad Autónoma, va del 0,1 al 1,5%.
  • Gastos de gestoría la gestoría tramita la liquidación de los impuestos y el papeleo para la inscripción de la vivienda en el Registro, tanto de la escritura de compraventa, como de la hipotecaria, si la hay. La tarifa varía en función de la empresa y lo normal es que se pida una provisión de fondos para el pago de estos trámites y, una vez inscrita la compra y la hipoteca en el registro, se devuelva el dinero que sobre.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad: los gastos de la inscripción en el Registro de la Propiedad varían según el valor del inmueble, en función de su ubicación y sus características. Las tasas son aprobadas por el Gobierno, pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado y no suelen superar el 1%.

En el caso de que esta inscripción la haga una gestoría, se deberá pagar los honorarios de la gestoría. Al contrario de lo que pasa con los notarios, las tarifas de los gestores no son fijas y, por lo tanto, conviene informarse bien antes de contratar a uno.

 

2. ¿Qué necesito aportar de documentación?

Si es usted comprador y no va a financiar, solo tendrá que aportar su identificación personal vigente  y las cantidades para el pago. Hoy en día, en el mayor número de las ocasiones, se entrega cheque bancario o transferencia del banco de España.

 

En el caso de financiar su banco le solicitará:

  • Si es empleado por cuenta ajena:

Fotocopia del DNI

Fotocopia de las 3 últimas nóminas

Última declaración de la renta (si la hizo)

Vida laboral

  • Si es empleado por cuenta propia (autónomo):

Fotocopia del DNI

Último trimestre del IVA

Última declaración de la renta

Facturación y movimientos de cuentas

Vida laboral

 

Y tú, ¿tienes alguna pregunta que quieras resolver? Cuéntanosla 🙂

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