Gastos extra que hay que tener en cuenta además del precio de la vivienda

Equipo de Redaccion

Ten presente que la compra de una vivienda generará una serie de gastos extra durante el proceso de adquisición. Los gastos a tener en cuenta son los siguientes:

  1. Gastos fiscales o impuestos que hay que pagar al comprar una vivienda:

Esto depende de las características de la vivienda:

  •         ¿Qué impuestos hay que pagar en la compra de una vivienda usada o de segunda mano?

En caso de vivienda de segunda mano, se paga el impuesto de Transmisiones Patrimoniales en función de la Comunidad Autónoma. Las localidades más caras son Cataluña, Galicia y Comunidad Valenciana, donde alcanza el 10%; la más económica es el País Vasco (4%). Todas las provincias, sin embargo, prevén bonificaciones.  (consulta aquí).

  •         ¿Qué impuestos hay que pagar en la compra de una vivienda de Obra Nueva?

Para viviendas de obra nueva tendrías que para un 10% de IVA con carácter general, incluidos los garajes y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente, siempre que el número de plazas de garaje a asignar al comprador no exceda de dos unidades..

Además hay que pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, un impuesto autonómico cuyo importe varía en función de la Comunidad donde esté ubicada la vivienda y oscila entre un 0,5% y un 1,5% del valor de la compraventa.

  •         ¿Qué otros impuestos hay que pagar además de lo anterior?

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: aquel que debe pagarse siempre que la operación se formalice mediante documento notarial, mercantil o administrativo. El tipo a pagar es el 0,5% sobre el valor escriturado de la vivienda.

  •         Impuesto sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía): depende del valor catastral del suelo, años transcurridos desde la adquisición del inmueble y del municipio donde se encuentre ubicada la vivienda. El vendedor es, legalmente, el obligado al pago, salvo que se pacte lo contrario.
  1. Gastos de notaría a la hora de comprar una vivienda

El notario realiza diversas funciones que van desde juzgar la capacidad de los contratantes, hasta el asesoramiento a las partes y advertencia de las disposiciones legales aplicables, tanto civiles como administrativas y fiscales.

En el proceso de adquisición de una vivienda, existen gastos que deberás abonar al notario en relación con las escrituras que formalicemos, el contrato de compraventa, la previsión de fondos para el registro de la propiedad y el préstamo hipotecario (cuando sea necesario). El coste para ambas cosas suele ser un 1,5% de la responsabilidad hipotecaria.

El día de la firma de las escrituras, deberás realizar una provisión de fondos a favor de la gestoría que se encargará de esos trámites administrativos. Esa provisión servirá para hacer frente precisamente a estos gastos. Si una vez abonados existe algún importe sobrante -es habitual- la gestoría te ingresará en tu cuenta el importe de la liquidación que realice. Si por el contrario no hubiera sido suficiente el importe provisto, se te pasaría una liquidación adicional.

  1. El pago al registro de la propiedad antes de comprar una vivienda (trámite voluntario)

Puede ocurrir que antes de adquirir la vivienda quieras conocer el estado de la misma así cómo si existen cargas económicas o si el propietario es realmente el propietario de la vivienda.

En ese caso tienes que solicitar al registro de la propiedad notas simples para comprobar el estado de titularidad y las cargas que haya adquirido la vivienda.

Después se produce la inscripción en el registro de tu condición de propietario así como la existencia de una hipoteca.

  1. Gastos de gestoría a la hora de comprar una vivienda

En ocasiones, se recurre a los servicios de una gestoría con el fin de tramitar la documentación. En dicho caso, hay que prever los gastos ocasionados por la tramitación de documentos: impuestos, inscripciones en el registro de la propiedad, etc.

  1. Gastos de tasación

En el caso de solicitar un préstamo hipotecario, se recurre a los servicios de tasación con el fin de determinar el valor real de la vivienda. Una tasación cuesta a partir de 250 euros.

  1. Seguros

La ley 2/1981 obliga al titular de un préstamo Hipotecario a contratar un seguro de incendios (o de daños) sobre la vivienda a hipotecar. También es recomendable, aunque no obligatorio contratar un seguro de amortización del préstamo que cubra, en caso de fallecimiento de su titular/es, el capital pendiente de pago.

 

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